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NOMBRE:
LEADER II (Enlace entre Acciones de Desarrollo de la Economía Rural)
TIPO
DE PROGRAMA:
Iniciativa Comunitaria.
TERRITORIOS
AFECTADOS:
Regiones de Objetivo 1 (Menos desarrolladas), zonas de Objetivo nº 5b (Zonas rurales
frágiles) y zonas de Objetivo nº 6 (Zonas nórdicas con muy baja densidad de población)
de la Unión Europea. De todos modos, el 10% de los créditos concedidos a las zonas 5b
pueden destinarse a territorios limítrofes no elegibles.
OBJETIVOS:
Su objetivo es mejorar las posibilidades de desarrollo de las zonas
rurales. Al amparo de esta iniciativa los Agentes Rurales pueden llevar a
la práctica proyectos de carácter innovador y de demostración e impulsar el intercambio
de experiencias y la cooperación transnacional. Siguiendo la tónica del LEADER I
(1991-1994), el LEADER II tiene como objetivos:
Alentar las iniciativas de desarrollo local
ejemplares.
Respaldar las operaciones innovadoras, demostrativas y
transferibles que ilustren las nuevas vías que puede tomar el desarrollo rural.
Multiplicar los intercambios de experiencias y la
transferencia de conocimientos especializados.
Dar apoyo a los proyectos de cooperación transnacional
que provengan de los agentes locales de las zonas rurales y transmitan su solidaridad.
BENEFICIARIOS:
LEADER II aporta su ayuda financiera a dos categorías de beneficiarios:
- En primer lugar, a los "grupos de acción
local", formados por socios públicos y privados que establezcan, en común, una
estrategia y unas medidas innovadoras para el desarrollo de un territorio rural de
dimensión local (Menos de 100.000 habitantes).
- Otros agentes colectivos públicos o privados del medio
rural (colectividades locales, cámaras de comercio, cooperativas, asociaciones, etc.) a
condición de que su acción, más temática, se inscriba dentro de una lógica de
desarrollo a nivel de un territorio local.
TIPO DE MEDIDAS:
Adquisición de capacidades en materia de desarrollo
rural, programas de innovación rural (formación profesional, turismo rural, apoyo a las
pequeñas empresas, valorización de las producciones agrícolas, silvícolas y de la
pesca local, mejora del medio ambiente y de la calidad de vida, etc.), cooperación
transnacional. Los diferentes componentes de LEADER II se articulan en torno a una
"Red Europea de Desarrollo Rural" que permite una amplia difusión (seminarios,
intercambios, publicaciones) de las acciones innovadoras emprendidas a favor del mundo
rural y facilita las cooperaciones transnacionales. El "Observatorio Europeo
LEADER" anima esta Red.
DURACIÓN DEL PROGRAMA:
6 años (1994-1999).
DOTACIÓN DE ORIGEN COMUNITARIO:
Unos 1755 millones de ECU (de los cuales más de 1000 millones son para las regiones de
Objetivo nº 1) financiados por los Fondos Estructurales.
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[Leader II]
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Estos proyectos pueden ser:
De Creación.
De Ampliación.
De Modernización.
De Traslado.
INVERSIONES AUXILIABLES
BENEFICIARIOS
REQUISITOS
FORMA Y CUANTIA DE LA AYUDA
TURISMO
RURAL
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Rehabilitación de viviendas
tradicionales dentro de los pueblos y edificaciones rurales en el campo para uso
turístico como casas rurales.
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Creación de empresas de
servicios turísticos complementarios a la oferta de alojamientos y restauración.
CREACIÓN DE PEQUEÑAS EMPRESAS,
ARTESANIAS Y SERVICIOS DE APROXIMACIÓN
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Acceso de las pequeñas
empresas a los servicios de aproximación: asesoría técnica, estudios de mercado,
transferencia de tecnología.
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Asistencia técnica a la
creación de nuevas empresas y equipamientos.
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Ayudas a inversiones
innovadoras a talleres, empresas y artesanía.
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Ayudas a la promoción y
comercialización.
VALORIZACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y
COMERCIALIZACIÓN DE LA PRODUCCIÓN AGRARIA
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Ayudas a la creación de
nuevas empresas y cooperativas.
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Ayudas alas inversiones en
pequeñas agroindustrias.
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Estudios de mercados locales y
regionales.
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Ayudas a la promoción,
etiquetado y comercialización.
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Transferencias de tecnologías
innovadoras para las empresas.
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Instalación de energías
alternativas y renovables.
CONSERVACIÓN Y MEJORA DEL MEDIO AMBIENTE Y DEL ENTORNO
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Rehabilitación de entornos
paisajísticos, recursos naturales y arqueológicos a través de
promoción; renovación y conservación de construcciones singulares y entornos.
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Promoción de la utilización
de medios compatibles con el medio ambiente en las empresas rurales.
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Eliminación y reciclado de
residuos.
ACCIONES DE COOPERACIÓN
TRANSNACIONAL EN CUALQUIER ACTIVIDAD DEL PROGRAMA
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INVERSIONES AUXILIABLES
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Acondicionamiento y
urbanización de terrenos
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Edificaciones
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Maquinaria, Instalaciones,
Utillaje y Mobiliario.
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Equipos para procesos de
información y comunicación.
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Elementos de transporte
interno.
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Otras inversiones y gastos
necesarios para la realización de la inversión: gastos en investigación y desarrollo
(I+D), ingeniería de proyectos y la dirección facultativa de los mismos, siempre que no
superen el 10% de la Inversión Total.
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BENEFICIARIOS
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Empresarios Individuales. |
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Sociedades Agrarias de
Transformación. |
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Sociedades Mercantiles. |
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Sociedades Anónimas
Laborales. |
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Cooperativas. |
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Cualquier otra forma jurídica
recogida en la legislación vigente, así como los Entes Públicos de carácter Local.
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REQUISITOS
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Proyectos viables técnica,
económica y financieramente.
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Acometer el proyecto de
inversión o actividad dentro de la Comarca de Tierra y Agua, y para una actividad
auxiliable.
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No haber iniciado la
inversión o actividad antes de solicitar la ayuda.
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Estar al corriente de las
Obligaciones Tributarias y con la Seguridad Social.
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Respetar las disposiciones
vigentes en el ámbito de la Comunidad Autónoma.
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Respetar la normativa
urbanística vigente y disponer de las autorizaciones del Ayuntamiento correspondientes
para instalar o, en su caso ampliar la actividad de que se trate.
Generar o Mantener Empleo.
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Mantener el destino de la
inversiones auxiliadas y gastos objeto de la ayuda, al menos durante cinco años a partir
de su terminación.
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Se obliga, asimismo, a
facilitar al Grupo, al organismo intermediario, a la Comisión de la U.E., o a los
Organismos de Control establecidos, las visitas de inspección y documentación necesaria
para que éstos puedan acceder a la información precisa y verificar la inversión, hasta
los cinco años siguientes al pago de la ayuda.
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Informar por escrito al
presente Grupo de Acción Local de la Acumulación y Complementariedad de ayudas para la
misma finalidad al proyecto de inversión objeto de la ayuda, quedando obligado a cumplir
todo aquello que al respecto dictaminan las Normas Europeas, Nacionales y Autonómicas y
en concreto el artículo 14 del Reglamento 2081/93 (CEE) y lo que el Organo Intermediario
Autonómico y G.A.L dictaminen al respecto.
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Informar a cualquier otra
Administración o Ente Público, Privado, Nacionales o Internacionales de la concesión de
la ayuda, tanto en el concepto en que ha sido subvencionado así como en la cantidad
exacta.
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Cumplir los Compromisos
suscritos con el Grupo de Acción Local (ASOCIACIÓN TIERRA Y AGUA).
Cualquier otro requerimiento que la ASOCIACIÓN TIERRA Y AGUA estime oportuno.
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FORMA Y CUANTIA DE LA AYUDA
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FORMA: Subvención a fondo
perdido. |
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CUANTÍA: El Grupo de Acción
Local decidirá el tanto por ciento hasta donde se subvenciona, cumpliendo este en las
Regiones Objetivo 1 los siguientes máximos:
PARA PROYECTOS PRODUCTIVOS:
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Un máximo de un 50% del coste
total de la inversión.
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Podrá incrementarse en un 5%
del coste total cuando el promotor sea cualquier forma jurídica de trabajo asociado.
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Cuando un mismo proyecto
acumule varias ayudas públicas (además de LEADER), la cantidad de subvención no podrá
ser mayor del 75% del coste total de la inversión. En este caso el volumen total de
subvención no podrá ser mayor de 75 millones de pesetas, y siempre que estas últimas
ayudas no procedan de fondos estructurales de la Unión Europea.
PARA PROYECTOS NO PRODUCTIVOS
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Un máximo del 100% del coste
total de la inversión y la cantidad máxima a cargo de Fondos Estructurales de un 70% de
la misma. |
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